{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "155" 
  ,"anioNorma" : 1973 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL ART. 3° DEL DECRETO 178/972, RELATIVO A LAS EXPORTACIONES DE CALZADO, MANUFACTURAS Y VESTIMENTAS DE CUERO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1973/03/01/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "22/02/1973" 
  ,"fechaPublicacion" : "01/03/1973" 
  ,"vistos" : " Amplíase el artículo 3 del Decreto N° 178/972 relativo a entrega de \r\ndivisas provenientes de las exportaciones de calzado, manufacturas y \r\nvestimentas de cuero, las que deberán ser negociadas en el Banco Central \r\ndel Uruguay (BCU); establécese el plazo para la entrega de dichas divisas \r\nen operaciones al contado o a plazo según la solicitud de embarque. " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/155-1973/1" 
 ,"textoArticulo" : "  " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Modificado y/o Anotado (referencias acotadas):</font></b> Decreto Nº 297/973 de \r\n26/04/1973 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/297-1973/1\" >1</a>.\r\n" 
 } 
  ] 
  ,"firmantes" : "  " 
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