DECLARACION DE INTERES NACIONAL. LA ACTIVIDAD NECESARIA PARA LA PUESTA A DISPOSICION DE INFRAESTRUCTURA, QUE PERMITA MEJORAR LA SEGURIDAD DEL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE




Promulgación: 01/06/2023
Publicación: 06/06/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Derogada/o por: Decreto Nº 181/026 de 23/07/2026 artículo 10.
   VISTO: la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, Ley de Inversiones Promoción Industrial;

   RESULTANDO: I) la necesidad de promover la actividad necesaria para la puesta a disposición de infraestructura que permita mejorar la seguridad del suministro de Agua Potable al Sistema Metropolitano y la realización de las obras y servicios necesarios para tal fin;

   II) que el Pliego correspondiente al proyecto del servicio de puesta a disposición de la infraestructura que permita a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE) la producción de hasta 200.000 m3/d netos de agua potable, a partir de agua bruta captada desde el Río de la Plata y la conducción de la misma al Sistema Metropolitano, incluyendo las obras y servicios necesarios para tal fin, contiene previsiones de beneficios tributarios;

   CONSIDERANDO: que los estímulos tributarios son importantes a efectos de viabilizar las inversiones necesarias para la concreción de este proyecto;

   ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por el Decreto-Ley de Promoción Industrial N° 14.178, de 28 de marzo de 1974, el Decreto-Ley N° 15.637, de 28 de setiembre de 1984, la Ley de Inversiones. Promoción Industrial N° 16.906, de 7 de enero de 1998, el Decreto N° 45/013, de 6 de febrero de 2013, y a que se cuenta con opinión favorable de la Comisión de Aplicación (COMAP) a que refiere el artículo 12 de dicha Ley;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Redacción dada anteriormente por: Decreto Nº 252/023 de 21/08/2023 
artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 252/023 de 21/08/2023 artículo 1, Decreto Nº 154/023 de 01/06/2023 artículo 1.

Artículo 2

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 154/023 de 01/06/2023 artículo 2.

Artículo 3

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 154/023 de 01/06/2023 artículo 3.

Artículo 3-BIS

   (*)

(*)Notas:
Anteriormente agregado/s por: Decreto Nº 252/023 de 21/08/2023 artículo 2.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 252/023 de 21/08/2023 artículo 2.

Artículo 4

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 154/023 de 01/06/2023 artículo 4.

Artículo 5

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 154/023 de 01/06/2023 artículo 5.

Artículo 6

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 154/023 de 01/06/2023 artículo 6.

Artículo 7

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 154/023 de 01/06/2023 artículo 7.

Artículo 8

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 154/023 de 01/06/2023 artículo 8.

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