{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "154" 
  ,"anioNorma" : 2012 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL \"PLAN COYUNTURAL DE AHORRO ENERGETICO PARA EL SECTOR\r\nPUBLICO\"" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2012/05/25/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/05/2012" 
  ,"fechaPublicacion" : "25/05/2012" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2012 
  ,"pagina" : 1070 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: la existencia de una situación de dificultad coyuntural en el\r\nsector de la energía eléctrica;\r\n\r\nRESULTANDO: I) que los aportes hídricos a los embalses de las centrales\r\nhidroeléctricas y, por consecuente, sus niveles, se encuentran muy bajos,\r\nconfigurando un riesgo para su operación;\r\n\r\nII) que, en particular, los aportes hídricos al embalse de Salto Grande\r\nalcanzaron en los últimos meses mínimos históricos, lo que condiciona la\r\nreserva energética de corto plazo;\r\n\r\nIII) que la situación ha obligado a poner en funcionamiento todas las\r\nunidades de generación térmica disponibles;\r\n\r\nIV) que esta situación ha aumentado considerablemente los costos de\r\nabastecimiento de la demanda a la Administración Nacional de Usinas y\r\nTrasmisiones Eléctricas (UTE);\r\n\r\nV) que, concomitantemente, debido a que las dificultades se extienden a\r\ntoda la región, no ha logrado asegurarse un flujo de intercambio constante\r\nde energía eléctrica con los países vecinos, una práctica bidireccional\r\nusual en este tipo de situaciones, ya sea para la importación o la\r\nexportación de energía;\r\n\r\nVI) que esta sucesión de hechos desfavorables tiene lugar en un contexto\r\nen el que se viene registrando un crecimiento inusual de la potencia\r\neléctrica demandada, superior a los incrementos interanuales de los\r\núltimos años;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que, en las circunstancias reseñadas, el Sector Público\r\ndebe constituirse en un ejemplo paradigmático para preservar el normal\r\nfuncionamiento de los servicios considerados básicos para el conjunto de\r\nla sociedad;\r\n\r\nII) que procede, por tanto, desarrollar un Plan Coyuntural de Ahorro\r\nEnergético para el Sector Público, incorporando prohibiciones y medidas\r\nobligatorias de ahorro;\r\n\r\nIII) que corresponde, asimismo, solicitar la máxima colaboración al sector\r\ncomercial y residencial para contribuir con medidas de ahorro de\r\nelectricidad mientras dure esta coyuntura;\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto, y lo previsto por el art. 168 nums. 24 y 25 de la\r\nConstitución de la República, Decreto Ley N° 14.694, de 1° de setiembre de\r\n1977, Ley N°. 16.832, de 17 de junio de 1997, Ley N° 18597, de 21 de\r\nsetiembre de 2009, y el artículo 403 de la Ley N° 18.719, de 27 de\r\ndiciembre de 2010, y lo informado por la Dirección Nacional de Energía;\r\n\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,\r\n                    actuando en Consejo de Ministros;\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/154-2012/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Apruébase el \"Plan Coyuntural de Ahorro Energético para el Sector\r\nPúblico\", que como anexo (*) forma parte del presente Decreto.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/154-2012#ANEXO\" >Texto/imagen</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/154-2012/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Créase un Grupo Técnico que funcionará en el ámbito del Ministerio de\r\nIndustria, Energía y Minería (MIEM), conformado por tres técnicos, a ser\r\ndesignados respectivamente por dicho Ministerio, la Unidad Reguladora de\r\nServicios de Energía y Agua (URSEA) y por la Administración Nacional de\r\nUsinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/154-2012/3" 
 ,"textoArticulo" : "  El Grupo Técnico tendrá por cometido auditar el cumplimiento del Plan\r\nCoyuntural de Ahorro Energético para el Sector Público, procediendo de\r\nconformidad a lo dispuesto en el anexo. En caso de constatar un\r\nincumplimiento lo comunicará al Ministerio de Industria, Energía y Minería\r\n(MIEM), quien, analizadas las circunstancias del caso y previa vista,\r\npodrá disponer cortes en el suministro de energía eléctrica al infractor,\r\npor un plazo de tres horas a cinco días. La medida se comunicará a la\r\nAdministración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) para su\r\nefectivización.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/154-2012/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Declárase que el Plan Coyuntural de Ahorro Energético para el Sector\r\nPúblico no supondrá una restricción al uso del alumbrado público.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/154-2012/5" 
 ,"textoArticulo" : "  Delégase en el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) la\r\npotestad de introducir, por razones debidamente fundadas, modificaciones\r\nal Plan Coyuntural de Ahorro Energético para el Sector Público, establecer\r\nla finalización del mismo, así como disponer su ampliación total o\r\nparcial.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/154-2012/6" 
 ,"textoArticulo" : "  Exhórtase a Intendencias y Organismos descentralizados a adoptar las\r\nmedidas de ahorro energético dispuestas en el presente Decreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/154-2012/7" 
 ,"textoArticulo" : "  Se invita a la población en general a acompañar las medidas de ahorro\r\nenergético dispuestas, particularmente en relación a la iluminación de\r\nfachadas y las de carácter decorativo, así como a las recomendaciones\r\nrelativas al uso de aires acondicionados y demás equipamientos eléctricos\r\nque se indican figuran en el presente Decreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "8" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 8" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/154-2012/8" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en dos diarios de\r\ncirculación nacional, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - JORGE VENEGAS - TABARÉ AGUERRE - HÉCTOR LESCANO - GRACIELA MUSLERA - DANIEL OLESKER\r\n " 
 }