{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "154" 
  ,"anioNorma" : 2001 
  ,"nombreNorma" : "EXONERACION ARANCEL DE INSPECCION PARA LA HABILITACION DE INSTITUTOS DE MEDICINA ALTAMENTE ESPECIALIZADA. HOSPITAL DE CLINICAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2001/05/08/28" 
    ,"fechaPromulgacion" : "03/05/2001" 
  ,"fechaPublicacion" : "08/05/2001" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2001 
  ,"pagina" : 1113 
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  ,"vistos" : " VISTO: la gestión promovida por el Hospital de Clínicas \"Dr. Manuel \r\nQuintela\" de la Facultad de Medicina - Universidad de la República;\r\n\r\nRESULTANDO: que por la misma solicita la exoneración del pago del Arancel \r\nde Inspección para la habilitación de los Institutos de Medicina \r\nAltamente Especializada que posee;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que motiva el pedido, el hecho de que es vital para el \r\ncitado Hospital Universitario el contar con los ingresos \r\nextrapresupuestales generados por los referidos Institutos;\r\n\r\nII) que por lo expresado y de acuerdo con lo informado por la División \r\nJurídico-Notarial del Ministerio de Salud Pública, corresponde acceder a \r\nlo solicitado;\r\n\r\nATENTO: a lo dispuesto en el Decreto No. 672/991 de 11 de diciembre de \r\n1991;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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 ,"textoArticulo" : "  Exonérase al Hospital de Clínicas \"Dr. Manuel Quintela\" de la Facultad \r\nde Medicina - Universidad de la República, del pago del Arancel de \r\nInspección para la habilitación de los Institutos de Medicina Altamente \r\nEspecializada que posee.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/154-2001/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - HORACIO FERNANDEZ - ALBERTO BENSION - ANTONIO MERCADER\r\n\r\n\r\n " 
 }