{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "153" 
  ,"anioNorma" : 1995 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 1994" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1995/05/03/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "20/04/1995" 
  ,"fechaPublicacion" : "03/05/1995" 
  ,"vistos" : "    Visto: la gestión del Banco Central del Uruguay para ampliar su\r\nPresupuesto correspondiente al ejercicio 1994.\r\n\r\n   Resultando: I) que por Decreto Nº 508/993 de 24 de noviembre de 1993\r\nel Poder Ejecutivo aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones\r\nFinancieras y de Inversiones del Banco Central del Uruguay correspondiente\r\nal ejercicio 1994, a precios promedio del período enero-abril de 1993.\r\n\r\nII) que con fechas 16 de mayo de 1994, 14 de octubre de 1994 y 25 de\r\nnoviembre de 1994 la Oficina de Planeamiento y Presupuesto aprobó las\r\nadecuaciones de dicho Presupuesto a precios promedio enero-abril de 1994,\r\nenero-agosto de 1994 y enero-diciembre de 1994, respectivamente.\r\n\r\nIII) que el Banco solicita ampliación de su Presupuesto a efectos de\r\ndotar de recursos materiales a la Superintendencia de Seguros y\r\nReaseguros, creada por Ley Nº 16.426 de 14 de octubre de 1993.\r\n\r\nIV) que la ampliación solicitada asciende a $ 1.753.348,oo (pesos\r\nuruguayos un millón setecientos cincuenta y tres mil trescientos cuarenta\r\ny ocho) los cuales se desglosan en $ 89.814,oo (pesos uruguayos ochenta y\r\nnueve mil ochocientos catorce) (que incluye U$S 3.000 (tres mil dólares de\r\nlos Estados Unidos de América)) para el Rubro 2 \"Materiales y\r\nSuministros\", $ 1:273.619,00 (pesos uruguayos un millón doscientos setenta\r\ny tres mil seiscientos diecinueve) (que incluyen U$S 212.010,oo\r\n(doscientos doce mil diez dólares de los Estados Unidos de América)) para\r\nel Rubro 3 \"Servicios no personales\" y $ 389.915,oo (pesos uruguayos\r\ntrescientos ochenta y nueve mil novecientos quince) (que incluyen U$S\r\n36.228,oo (treinta y seis mil doscientos veintiocho dólares de los Estados\r\nUnidos de América)) para el Rubro 4 \"Maquinaria, equipos y mobiliario\r\nnuevos\".\r\n\r\n   Considerando: I) que es necesario realizar una modificación\r\npresupuestal que autorice el financiamiento de la referida ampliación.\r\n\r\nII) que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe\r\ny el Tribunal de Cuentas su dictamen.\r\n\r\n   Atento: a lo expuesto precedentemente.\r\n\r\n                        El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/153-1995/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Sustitúyense las partidas presupuestales del Presupuesto Operativo, de\r\nOperaciones Financieras y de Inversiones del Banco Central del Uruguay\r\ncorrespondiente al ejercicio 1994, de acuerdo al siguiente detalle:\r\n                               $                   $\r\nI - RECURSOS                                  999:124.313,oo\r\nA. INGRESOS               997:470.112,oo\r\n1. Intereses              689:130.218,oo\r\n2. Utilidades de Cambio   237:240.079,oo\r\n3. Comisiones              42:187.347,oo\r\n4. Otros Ingresos          28:912.468,oo\r\nB. PRESTAMOS                1:654.201,oo\r\n\r\nII - PRESUPUESTO OPERATIVO                    231:423.109,oo\r\n\r\nRUBRO         DENOMINACION                $        $\r\n0      RETRIBUCION SERV. PERSONALES           106:072.490,oo\r\n011311 Sueldos básicos\r\n carg. presup.                                 55:595.470,oo\r\n Directores                                       622.980,oo\r\n011312 Increm. Mayor Horario\r\nPerman.                                        10:087.928,oo\r\n011313 Dedicación Total                        10:637.538,oo\r\n011315 Diferencia por Subrogación\r\n                                                  316.952,oo\r\n011316 Prima por Antigüedad\r\n                                                2:572.252,oo\r\n019311 Sueldo Anual Complementario\r\n                                                7:950.047,oo\r\n021321 Sueldo Básicos Pers.\r\n Contrat.                                       3:519.427,oo\r\n021322 Increm. Mayor Horario\r\n Perm.                                            600.766,oo\r\n021323 Dedicación Total                           633.498,oo\r\n021326 Prima por Antigüedad                        56.006,oo\r\n029321 Sueldo Anual Complementario\r\n                                                  478.966,oo\r\n061301 Por trabajo en horas\r\n extras                                         1:840.407,oo\r\n061303 Por Prima a la efificiencia\r\n                                                2:504.673,oo\r\n061304 Por funciones dist.\r\n al cargo                                         297.884,oo\r\n061310 Comp. personal por\r\n Reestruct.                                     2:470.260,oo\r\n061312 Adel. a cuenta (retr.\r\nreestructura)                                   1:517.264,oo\r\n062311 Gastos de representación\r\n                                                  121.928,oo\r\n062312 Productividad - Ley\r\n 16.127                                           714.752,oo\r\n069361 Sueldo Anual Complementario\r\n                                                  992.192,oo\r\n077 Quebranto de Caja                            1:747.160,oo\r\n079 Subsidio Ex-Directores\r\n                                                   379.908,oo\r\n091 Retribuciones Civiles\r\n                                                   414.232,oo\r\nRUBRO          DENOMINACION          $               $\r\n1            Cargas Legales s/\r\n Serv. Personales               29:471.900,oo\r\n111 Aporte patron. sist.\r\n seg. soc.                      27:385.396,oo\r\n123 Aporte patronal al\r\n F.N.V.                          1:043.252,oo\r\n133 Impuesto s/retrib.\r\n person.                         1:043.252,oo\r\n2 Materiales y Sum.                              22:593.007,oo\r\n3 Serv. no Person.                               47:592.557,oo\r\n7 Subsidios y otras\r\n Transferencias                                  24:075.835,oo\r\n70 Donaciones Varias                51.000,oo\r\n751 Prima por Matrimonio             9.104,oo\r\n752 Hogar Constituido              773.080,oo\r\n753 Prima por Nacimiento            12.136,oo\r\n754 Prestac. por Hijo              237.708,oo\r\n C.E.A.N.F.                            120,oo\r\n774 Contribución por\r\n Asis. Médica                   12:586.268,oo\r\n779 Otras                        9:246.300,oo\r\n791 Imp. a la compra\r\n de M/E (INCOME)                 1:160.119,oo\r\n9 Asignaciones Globales                            1:617.320,oo\r\n\r\nIII - OPERACIONES FINANCIERAS                      1.212: 418.283,oo\r\n\r\nRUBRO               DENOMINACION                 $\r\n8              Servicio de deuda y\r\n               Anticipos                  1.212:418.283,oo\r\nIV - PRESUPUESTO DE INVERSIONES              15:355.845,oo\r\nRUBRO               DENOMINACION                 $\r\n4              Máquinas, Equipos y\r\n               Mobil. nuevos                 10:330.815,oo\r\n6              Construcc., Mejoras y\r\n               Rep. Extr.                     5:025.030,oo\r\n\r\n   La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en\r\nmoneda extranjera se detallan en los cuadros<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\"\r\nBORDER=0> adjuntos, que forman parte\r\nde este Decreto.\r\n\r\n   Los Rubros 0 \"Retribución de Servicios Personales\", 1 \"Cargas Legales\r\nsobre Servicios Personales\" y 7 \"Subsidios y otras Transferencias\" en lo\r\nrelativo a beneficios sociales, se expresan al nivel salarial vigente a\r\npartir del primero de setiembre de 1994.\r\n   Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera\r\nestán estimadas a la cotizacion de $ 5,10 (pesos uruguayos cinco con\r\n10/100) por dólar estadounidense.\r\n   Las restantes partidas en moneda nacional están expresadas a precios\r\npromedio del período enero-diciembre de 1994. \r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/1995/05/03/5\" target=\"_blank\">Nº 153/995</a> de \r\n20/04/1995.\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/153-1995/1?verreferencias=articulo" 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/153-1995/2" 
 ,"textoArticulo" : "     Dése cuenta a la Asamblea General. \r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/153-1995/3" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese, etc. \r\n " 
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  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - LUIS MOSCA\r\n " 
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