MODIFICACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 1994




Promulgación: 20/04/1995
Publicación: 03/05/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la gestión del Banco Central del Uruguay para ampliar su
Presupuesto correspondiente al ejercicio 1994.

   Resultando: I) que por Decreto Nº 508/993 de 24 de noviembre de 1993
el Poder Ejecutivo aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones
Financieras y de Inversiones del Banco Central del Uruguay correspondiente
al ejercicio 1994, a precios promedio del período enero-abril de 1993.

II) que con fechas 16 de mayo de 1994, 14 de octubre de 1994 y 25 de
noviembre de 1994 la Oficina de Planeamiento y Presupuesto aprobó las
adecuaciones de dicho Presupuesto a precios promedio enero-abril de 1994,
enero-agosto de 1994 y enero-diciembre de 1994, respectivamente.

III) que el Banco solicita ampliación de su Presupuesto a efectos de
dotar de recursos materiales a la Superintendencia de Seguros y
Reaseguros, creada por Ley Nº 16.426 de 14 de octubre de 1993.

IV) que la ampliación solicitada asciende a $ 1.753.348,oo (pesos
uruguayos un millón setecientos cincuenta y tres mil trescientos cuarenta
y ocho) los cuales se desglosan en $ 89.814,oo (pesos uruguayos ochenta y
nueve mil ochocientos catorce) (que incluye U$S 3.000 (tres mil dólares de
los Estados Unidos de América)) para el Rubro 2 "Materiales y
Suministros", $ 1:273.619,00 (pesos uruguayos un millón doscientos setenta
y tres mil seiscientos diecinueve) (que incluyen U$S 212.010,oo
(doscientos doce mil diez dólares de los Estados Unidos de América)) para
el Rubro 3 "Servicios no personales" y $ 389.915,oo (pesos uruguayos
trescientos ochenta y nueve mil novecientos quince) (que incluyen U$S
36.228,oo (treinta y seis mil doscientos veintiocho dólares de los Estados
Unidos de América)) para el Rubro 4 "Maquinaria, equipos y mobiliario
nuevos".

   Considerando: I) que es necesario realizar una modificación
presupuestal que autorice el financiamiento de la referida ampliación.

II) que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe
y el Tribunal de Cuentas su dictamen.

   Atento: a lo expuesto precedentemente.

                        El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Sustitúyense las partidas presupuestales del Presupuesto Operativo, de
Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Central del Uruguay
correspondiente al ejercicio 1994, de acuerdo al siguiente detalle:
                               $                   $
I - RECURSOS                                  999:124.313,oo
A. INGRESOS               997:470.112,oo
1. Intereses              689:130.218,oo
2. Utilidades de Cambio   237:240.079,oo
3. Comisiones              42:187.347,oo
4. Otros Ingresos          28:912.468,oo
B. PRESTAMOS                1:654.201,oo

II - PRESUPUESTO OPERATIVO                    231:423.109,oo

RUBRO         DENOMINACION                $        $
0      RETRIBUCION SERV. PERSONALES           106:072.490,oo
011311 Sueldos básicos
 carg. presup.                                 55:595.470,oo
 Directores                                       622.980,oo
011312 Increm. Mayor Horario
Perman.                                        10:087.928,oo
011313 Dedicación Total                        10:637.538,oo
011315 Diferencia por Subrogación
                                                  316.952,oo
011316 Prima por Antigüedad
                                                2:572.252,oo
019311 Sueldo Anual Complementario
                                                7:950.047,oo
021321 Sueldo Básicos Pers.
 Contrat.                                       3:519.427,oo
021322 Increm. Mayor Horario
 Perm.                                            600.766,oo
021323 Dedicación Total                           633.498,oo
021326 Prima por Antigüedad                        56.006,oo
029321 Sueldo Anual Complementario
                                                  478.966,oo
061301 Por trabajo en horas
 extras                                         1:840.407,oo
061303 Por Prima a la efificiencia
                                                2:504.673,oo
061304 Por funciones dist.
 al cargo                                         297.884,oo
061310 Comp. personal por
 Reestruct.                                     2:470.260,oo
061312 Adel. a cuenta (retr.
reestructura)                                   1:517.264,oo
062311 Gastos de representación
                                                  121.928,oo
062312 Productividad - Ley
 16.127                                           714.752,oo
069361 Sueldo Anual Complementario
                                                  992.192,oo
077 Quebranto de Caja                            1:747.160,oo
079 Subsidio Ex-Directores
                                                   379.908,oo
091 Retribuciones Civiles
                                                   414.232,oo
RUBRO          DENOMINACION          $               $
1            Cargas Legales s/
 Serv. Personales               29:471.900,oo
111 Aporte patron. sist.
 seg. soc.                      27:385.396,oo
123 Aporte patronal al
 F.N.V.                          1:043.252,oo
133 Impuesto s/retrib.
 person.                         1:043.252,oo
2 Materiales y Sum.                              22:593.007,oo
3 Serv. no Person.                               47:592.557,oo
7 Subsidios y otras
 Transferencias                                  24:075.835,oo
70 Donaciones Varias                51.000,oo
751 Prima por Matrimonio             9.104,oo
752 Hogar Constituido              773.080,oo
753 Prima por Nacimiento            12.136,oo
754 Prestac. por Hijo              237.708,oo
 C.E.A.N.F.                            120,oo
774 Contribución por
 Asis. Médica                   12:586.268,oo
779 Otras                        9:246.300,oo
791 Imp. a la compra
 de M/E (INCOME)                 1:160.119,oo
9 Asignaciones Globales                            1:617.320,oo

III - OPERACIONES FINANCIERAS                      1.212: 418.283,oo

RUBRO               DENOMINACION                 $
8              Servicio de deuda y
               Anticipos                  1.212:418.283,oo
IV - PRESUPUESTO DE INVERSIONES              15:355.845,oo
RUBRO               DENOMINACION                 $
4              Máquinas, Equipos y
               Mobil. nuevos                 10:330.815,oo
6              Construcc., Mejoras y
               Rep. Extr.                     5:025.030,oo

   La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos, que forman parte
de este Decreto.

   Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras Transferencias" en lo
relativo a beneficios sociales, se expresan al nivel salarial vigente a
partir del primero de setiembre de 1994.
   Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera
están estimadas a la cotizacion de $ 5,10 (pesos uruguayos cinco con
10/100) por dólar estadounidense.
   Las restantes partidas en moneda nacional están expresadas a precios
promedio del período enero-diciembre de 1994. 

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 153/995 de 
20/04/1995.
Referencias al artículo

SANGUINETTI - LUIS MOSCA
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