REGLAMENTACION DEL TITULO 18 DEL TEXTO ORDENADO 2023, QUE RECOPILA NORMAS RELATIVAS A LOS IMPUESTOS PARA EL FONDO DE INSPECCION SANITARIA (FIS)




Promulgación: 16/07/2025
Publicación: 23/07/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: T.O. 2023 (DGI) de 04/04/2024 artículos 1 - Título 18 
y 2 - Título 18.

IMPUESTOS PARA EL FONDO DE INSPECCION SANITARIA (FIS)
CAPITULO I - Impuesto a la exportación de animales en pie y de carne

Artículo 5

   Configuración.- El impuesto se considerará configurado al momento de la exportación.

   Se entenderá por exportación la salida de plaza para ser consumida en el exterior del territorio aduanero nacional de los bienes nacionales o nacionalizados. La exportación se presumirá ocurrida a la fecha del embarque respectivo.

   Para los bienes que procedan de territorio nacional no franco y sean introducidos a zona franca, la exportación se presumirá ocurrida al momento de la entrada efectiva a ese territorio franco.
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