JUEGOS DE AZAR




Promulgación: 30/04/1982
Publicación: 07/05/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1982
  •    Página: 1047
     Visto: la conveniencia de aumentar el número de sorteos de quinielas.

     Resultando: I) Que el artículo 7º del Reglamento General del Juego de
Quinielas aprobado por el decreto de 10 de junio de 1941, estableció que
se realizarán diez sorteos mensuales como mínimo y doce como máximo,
incluidos los correspondientes a la lotería;

     II) Que la realización de más sorteos mensuales no afecta los
resultados económicos del juego.

     Considerando: I) Que las actuales disposiciones legales son muy
rígidas en la programación de los sorteos de quinielas;

     II) Que conviene facultar a la Dirección de Loterías y Quinielas para
que pueda programar más sorteos de quinielas, de acuerdo a las
posibilidades del juego.

     Atento: a lo dispuesto por la ley 9.098, del 18 de diciembre de 1933,
la ley 11.923, de 27 de marzo de 1953 y la ley 11.924, de 27 de marzo de
1953 y demás disposiciones concordantes y a lo informado por la Dirección
de Loterías y Quinielas,

     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

  Facúltase a la Dirección de Loterías y Quinielas a programar y realizar
hasta cuatro sorteos de quinielas por semana incluido el que se celebra en
combinación con el sorteo de lotería.

Artículo 2

  Comuníquese, publíquese, etc.

ALVAREZ - VALENTIN ARISMENDI
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