{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "152" 
  ,"anioNorma" : 1981 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DEL NUEVO VALOR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1981/04/23/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "07/04/1981" 
  ,"fechaPublicacion" : "23/04/1981" 
  ,"vistos" : "   Visto: el planteamiento formulado por la Dirección Nacional de\r\nIdentificación Civil.\r\n\r\n  Resultando: la citada Dirección Nacional solicita se fije en N$ 23,00\r\n(nuevos pesos veintitrés) el valor de la Cédula de Identidad, para\r\nadecuarlo a los aumentos operados en el costo de los materiales necesarios\r\npara la confección del documento.\r\n\r\n  Considerando: que corresponde disponer la modificación propuesta.\r\n\r\n   Atento: a lo dispuesto en el artículo 26 de la ley 14.762, de 13 de\r\nfebrero de 1978, lo dictaminado por la Asesoría Jurídica, y a lo informado\r\npor la Contaduría Central del Ministerio del Interior,\r\n\r\n                     El Presidente de la República\r\n\r\n                           DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/152-1981/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Fíjase en la suma de N$ 23,00 (nuevos pesos veintitrés) el valor de la\r\nCédula de Identidad que expide la Dirección Nacional de Identificación\r\nCivil. \r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/152-1981/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/152-1981/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Publíquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - YAMANDU TRINIDAD\r\n " 
 }