{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "151" 
  ,"anioNorma" : 2025 
  ,"nombreNorma" : "REGLAMENTACION DEL ART. 105 DE LA LEY 20.212, POR EL QUE SE CREO LA COMISION DE EXPERTOS EN POLITICA POBLACIONAL, QUE FUNCIONARA EN EL AMBITO DE LA OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO (OPP)" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2025/07/23/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "15/07/2025" 
  ,"fechaPublicacion" : "23/07/2025" 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Reglamentario/a de:</b> Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/20212-2023/105\" >105</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : "    VISTO: lo establecido en el artículo 105 de la Ley N° 20.212, de fecha 6 de noviembre de 2023;\r\n\r\n   RESULTANDO: que la citada disposición legal creó la Comisión de Expertos en Política Poblacional, la cual funcionará en el ámbito de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y tendrá una integración plural que asegure la diversidad de visiones sobre los distintos ejes temáticos;\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que, para la correcta aplicación y ejecución de la Ley, resulta necesario reglamentar la citada norma legal, fijándose los procedimientos para el funcionamiento de la Comisión, atendiendo a su naturaleza, cometidos y el fin para el cual fue creada;\r\n\r\n   II) que en el marco de las prioridades nacionales y los planes de desarrollo del país, es de interés del Poder Ejecutivo desarrollar políticas de Estado que atiendan a la situación y evolución poblacional de mediano y largo plazo, con estrategias y objetivos definidos, en base a la articulación con todos los organismos involucrados en el tema;\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto en el artículo 168 numeral 4 de la Constitución de la República;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/151-2025/1" 
 ,"textoArticulo" : "    (Funcionamiento).- La Comisión de Expertos en Política Poblacional funcionará fijando reuniones con una frecuencia bimensual y requerirá de al menos tres instituciones que la integren como cuórum mínimo, además de la participación de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. La Comisión sesionará en las instalaciones y la infraestructura administrativa que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto proporcione para el correcto cumplimiento de sus funciones.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/151-2025/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Los integrantes de la Comisión de Expertos en Política Poblacional podrán crear por mayoría simple, a propuesta de cualquiera de sus integrantes, subgrupos de trabajo. Se podrá invitar a formar parte de estos a órganos del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, miembros de la sociedad civil organizada u otros Organismos nacionales o internacionales, respetando la integración dispuesta por el artículo 105 de la Ley N° 20.212, precitada.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/151-2025/3" 
 ,"textoArticulo" : "    La Comisión de Expertos invitará a los partidos políticos con representación parlamentaria a integrar la misma, a efectos de reflejar la diversidad de visiones sobre los temas sobre los que versará su actuación.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/151-2025/4" 
 ,"textoArticulo" : "    La Comisión de Expertos en Política Poblacional tendrá como cometido asesorar al Poder Ejecutivo en los temas detallados en la Ley, poniendo especial enfoque en:\r\n\r\n-  Analizar los desafíos derivados de la dinámica demográfica presente y\r\n   escenarios futuros (fecundidad, envejecimiento, migraciones, cambio en\r\n   los hogares), su impacto y relaciones con el desarrollo y las\r\n   políticas públicas (seguridad social, participación laboral de la\r\n   mujer, políticas de cuidados, transferencias intergeneracionales,\r\n   etc.) del país.\r\n-  Promover políticas que compatibilicen la vida productiva y\r\n   reproductiva.\r\n-  Actuar en coordinación con la Comisión Sectorial de Protección y\r\n   Seguridad Social instalada en la órbita de la Oficina de Planeamiento\r\n   y Presupuesto, atendiendo a las demandas de esta en materia de\r\n   dinámicas demográficas. Promover políticas de vinculación con la\r\n   población uruguaya residente en el exterior.\r\n-  Analizar la conveniencia de una política activa de promoción de la\r\n   inmigración y sus características.\r\n-  Promover políticas que atiendan los procesos migratorios internos en\r\n   armonía con los sistemas ambientales y el ordenamiento territorial.\r\n-  Asesorar en materia de política demográfica poblacional toda vez que\r\n   sea requerido.\r\n-  Promover sistemas de información para el seguimiento de las dinámicas\r\n   de población (Censo de Población, padrón demográfico, generación de\r\n   información estadística en base a registros administrativos).\r\n-  Acompañar el seguimiento de la agenda internacional en torno al tema\r\n   de población y desarrollo (Comisión de Población y Desarrollo de\r\n   Naciones Unidas, Conferencia Internacional de Población y Desarrollo,\r\n   Conferencia Regional de Población y Desarrollo, Cumbre de Nairobi).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/151-2025/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    PROF. YAMANDÚ ORSI - CARLOS NEGRO - VALERIA CSUKASI - GABRIEL ODDONE - JOSÉ CARLOS MAHÍA - JUAN CASTILLO - CRISTINA LUSTEMBERG - GONZALO CIVILA " 
 }