VISTO: El proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y
de Inversiones del Banco de la República Oriental del Uruguay
correspondiente al ejercicio 2011;
CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;
ATENTO: A lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la
República;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
Artículo 1
Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto
de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de la República Oriental del Uruguay para el ejercicio 2011, de acuerdo con el siguiente detalle (en Pesos Uruguayos):
CONCEPTO MONTO EN PESOS
1.- INGRESOS 13.748.804.000.oo
2.- EGRESOS 12.025.434.716.oo
2.1.- Egresos Operativos 9.852.340.140.oo
2.1.1.- Mano de Obra 5.233.931.000.oo
2.1.2.- Bienes y Servicios 4.618.409.140.oo
2.2.- Operaciones Financieras 1.385.094.576.oo
2.3.- inversiones 788.000.000.oo
3.- SUPERÁVIT / DÉFICIT 1.723.369.284.oo
Financiamiento
4.- RESULTADO PRESUPUESTAL 1.723.369.284.oo