Reglamentario/a de: Ley Nº 17.930 de 19/12/2005 artículo 272.
Artículo 2
Los funcionarios presupuestados que ocupan interinamente cargos de
grados superiores a los de ingreso en los distintos escalafones del
Inciso 12 - Ministerio de Salud Pública, continuarán ocupando los mismos
en la misma calidad hasta su provisión definitiva. En esa instancia y
salvo que la designación recayera en los mismos funcionarios, pasarán a
ocupar un cargo de ingreso del mismo escalafón en carácter de titular.