TRANSFORMACION DE CARGOS DE FUNCIONARIOS POLICIALES




Promulgación: 30/05/2014
Publicación: 06/06/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 1107
VISTO: el artículo 230 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, en
la redacción dada por el artículo 108 de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre
de 2013.

RESULTANDO: I) Que el referido artículo establece que a partir de la
vigencia de la referida Ley, en el Inciso 04 "Ministerio del Interior",
los cargos de ingreso del Escalafón L "Personal Policial", de la Unidad
Ejecutora 026 "Instituto Nacional de Rehabilitación" al vacar se
transformarán en cargos del grado de ingreso de los Escalafones S
"Personal Penitenciario", C "Administrativo" o D "Especializado", según
las necesidades del servicio.

II) Que en la Unidad Ejecutora 026 "Instituto Nacional de Rehabilitación"
del Inciso 04 "Ministerio del Interior" existen un total de 125 cargos de
ingreso del Escalafón L "Personal Policial", comprendidos en la
disposición legal mencionada en el literal anterior, siendo los
siguientes:

                  Subescalafón Ejecutivo
Agente de 2da.                             114 vacantes

              Subescalafón Administrativo (PA)
Agente de 2da.                              11 vacantes

CONSIDERANDO: Que priorizando las necesidades del servicio y en aplicación
de la normativa citada en el Resultando I, es pertinente transformar los
125 cargos de ingreso de la Unidad Ejecutora 026 "Instituto Nacional de
Rehabilitación", en 125 cargos de "Operador Penitenciario Grado I"
Escalafón S.

ATENTO: al informe favorable de la Oficina Nacional de Servicio Civil y la
Contaduría General de la Nación;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 TRANSFÓRMANSE 125 cargos de ingreso del Escalafón L "Personal Policial"
de la Unidad Ejecutora 026 "Instituto Nacional de Rehabilitación" del
Inciso 04 "Ministerio del Interior", en 125 cargos de "Operador
Penitenciario Grado I" Escalafón S.

Artículo 2

 DESE cuenta a la Asamblea General.

Artículo 3

 PUBLÍQUESE, comuníquese a la Gerencia del Área de Gestión y Desarrollo
Humano, a la Contaduría Central del Inciso 04 - de Ministerio del
Interior, al Instituto Nacional de Rehabilitación, y al Ministerio de
Economía y Finanzas, División de Remuneraciones y Puestos de Trabajo de la
Contaduría General de la Nación; cumplido archívese.

JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI - MARIO BERGARA
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