VISTO: la situación de sequía que afecta al país, a la que se suman los
efectos negativos ocasionados por los cambios constatados en la situación
energética regional;
RESULTANDO: que el reglamento de Distribución de Energía Eléctrica
aprobado por el Decreto 277/002 de 28 de junio de 2002 contiene
disposiciones cuya aplicación resulta incompatible con la situación
mencionada, aunada a un contexto donde no se ha completado la
implementación del nuevo marco reglamentario en el sector;
CONSIDERANDO: que se estima necesario resolver en consecuencia;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Suspéndese, en tanto se mantengan las circunstancias que pautan la
situación energética señaladas en la parte expositiva de este decreto, la
aplicación de la Sección V, el Título I, Capítulo V del Reglamento de
Distribución de Energía Eléctrica aprobado por el Decreto 277/002 de 28
de junio de 2002.