{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "150" 
  ,"anioNorma" : 2001 
  ,"nombreNorma" : "ADOPCION DEL REGLAMENTO POR EL QUE SE ESTABLECE UN MECANISMO DE PERIODICIDAD PARA LA ACTUALIZACION DE LAS LISTAS DE SUSTANCIAS UTILIZADAS EN PRODUCTOS DE HIGIENE PERSONAL, COSMETICOS Y PERFUMES. RESOLUCION GMC 54/99" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2001/05/08/23" 
    ,"fechaPromulgacion" : "03/05/2001" 
  ,"fechaPublicacion" : "08/05/2001" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2001 
  ,"pagina" : 1097 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: la resolución Nº 54/99 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR por la \r\nque se establece un mecanismo de periodicidad para la actualización de \r\nlas listas MERCOSUR de sustancias utilizadas en Productos de Higiene \r\nPersonal, Cosméticos y Perfumes;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) lo establecido en el artículo 38 del Protocolo Adicional \r\nal Tratado de Ouro Preto aprobado por la Ley Nº 16.712 de 1º de setiembre \r\nde 1995, respecto de que los Estados partes se comprometen a adoptar \r\ntodas las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios \r\nel cumplimiento de las normas emanadas de los órganos correspondientes \r\nprevistos en el artículo 2º del referido Protocolo;\r\n\r\nII) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la \r\nRepública en el Protocolo mencionado poniendo en vigencia en el Derecho \r\npositivo nacional la norma emanada del Grupo Mercado Común referida en el \r\nVISTO;\r\n\r\nIII) lo informado por la División Control de Calidad y la División \r\nJurídico-Notarial del Ministerio de Salud Pública;\r\n\r\nATENTO: a lo preceptuado por el artículo 1º y siguientes de la Ley Nº \r\n9.202 de 12 de enero de 1934 y concordantes;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/150-2001/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Adóptese el Reglamento por el que se establece un mecanismo de \r\nperiodicidad para la actualización de las listas de sustancias utilizadas \r\nen Productos de Higiene Personal, Cosméticos y Perfumes, aprobado por la \r\nresolución Nº 54/99 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR que se anexa al \r\npresente y forma parte integral del mismo. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-internacional/150-2001\" >Texto de la Norma Internacional</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/150-2001/2" 
 ,"textoArticulo" : "  El presente Decreto tendrá vigencia a partir de su publicación en el \r\nDiario Oficial.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/150-2001/3" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese a la Secretaría Administrativa del Grupo Mercado Común del \r\nMERCOSUR, publíquese.\r\n\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - HORACIO FERNANDEZ - DIDIER OPERTTI\r\n\r\n\r\n " 
 }