{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "150" 
  ,"anioNorma" : 1998 
  ,"nombreNorma" : "SEGURIDAD SOCIAL. RECALIFICACION DE ACTIVIDADES INSALUBRES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1998/06/24/26" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/06/1998" 
  ,"fechaPublicacion" : "24/06/1998" 
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  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1998 
  ,"pagina" : 1129 
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  ,"vistos" : "  VISTO: Lo dispuesto por el Decreto Nº 87/998 de 15 de abril de 1998.\r\n\r\n RESULTANDO: I) Que en virtud de lo dispuesto en el Art. 1º del referido\r\nDecreto, se suspendió por un plazo de 45 días el pago de adeudos y aportes\r\npor concepto de contribución especial por servicios bonificados, relativos\r\na las empresas de transporte de pasajeros;\r\n\r\n             II) Que por el Art. 2º se encomendó a la \"Comisión de\r\nServicios Bonificados\", se expidiera en el plazo de suspensión referido\r\nsobre la existencia o no de variantes que pudieran eventualmente\r\ndeterminar la reconsideración de la actividad como bonificada.\r\n\r\n CONSIDERANDO: Que la \"Comisión de Servicios Bonificados\" con fecha 27 de\r\nmayo de 1998, elaboró un pormenorizado informe sobre el tema planteado, en\r\nel cual se concluye que no debe recalificarse la actividad de los choferes\r\ny choferes cobradores regulada en el Decreto Nº 525/992 de 28 de octubre\r\nde 1992, en virtud de considerar que no han variado los factores de riesgo\r\npara el sector.\r\n\r\n ATENTO: A lo precedentemente expuesto;\r\n\r\n                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/150-1998/1" 
 ,"textoArticulo" : " Declárase el mantenimiento de la calificación de la actividad como\r\nbonificada y del cómputo jubilatorio vigente, de los choferes y choferes\r\ncobradores del servicio de transporte colectivo de pasajeros que cumplan\r\nsus tareas en un radio de cincuenta kilómetros desde el punto cero de\r\nMontevideo, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nº 525/992 de 28 de\r\noctubre de 1992.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/150-1998/2" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, notifíquese, etc. -\r\n " 
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  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - JUAN IGNACIO MANGADO - LUIS MOSCA\r\n " 
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