COMERCIO EXTERIOR - NOMENCLATURA ARANCELARIA




Promulgación: 30/03/1993
Publicación: 22/04/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1993
  •    Página: 286

Artículo 3

   Incorpórase a la Nomenclatura Arancelaria y Derechos de Importación
base Sistema Armonizado los siguientes items con la Tasa Global
Arancelaria que se indica:

                                                             TGA
NADI/SA                                                       %   UVF

2202.90.00.10 Consideradas por la reglamentación respectiva del Ministerio
de Salud Pública como "dietéticos medicamentosos" distintas de las de la
partida 3003 -                                                6   5
2202.90.00.9  Las demás
2202.90.00.91 Sin adición de azúcar                           15  5
2202.90.00.99 Las demás                                       20  5
3002.90.00.9  Las demás
3002.90.50.91 Concentrados biológicos en base a cepas de microorganismos
combinados con sustratos minerales, para la degradación de productos
orgánicos en efluentes y residuos                             6   1
3002.90.50.99 Los demás                                       20  1
8479.82.00.20 Agitadoras, revolvedoras, batidoras o
              mezcladoras                                     20  2
9001.30.00.10 Pastillas o bloques orgánicos para la
              fabricación de lentes de contacto               6   1
9001.30.00.90 Los demás                                       15  1
9001.90.00.00 Los demás                                       15  1
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