El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
VISTO: lo dispuesto por el Decreto N° 289/017 de 16 de octubre de 2017, por el que se agregó al artículo 1° del Decreto N° 184/017 de 14 de julio de 2017, una nota exceptuando en la NCM 1901.90.90.90 a los postres lácteos.
RESULTANDO: que el artículo 2° del citado Decreto N° 289/017 establece que regirá para las operaciones de importación registradas a partir del 6 de agosto de 2017, cuando debió retrotraer sus efectos a la fecha de vigencia del Decreto N° 184/017 de 14 de julio de 2017.
CONSIDERANDO: lo antes expuesto, corresponde modificar el artículo 2° del Decreto N° 289/017 de 16 de octubre de 2017, para que se aplique a las operaciones de importación, registradas a partir de la vigencia del Decreto N° 184/017 de 14 de julio de 2017.
ATENTO: a lo dispuesto por la Ley N° 12.670 de 17 de diciembre de 1959, modificativas y concordantes,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA: