FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. ENERO 2001 - TRABAJADORES DOMESTICOS




Promulgación: 23/01/2001
Publicación: 30/01/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 164
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 Lo dispuesto en el artículo 1º regirá a partir del 1º de enero de 2001 y 
no será aplicable a los salarios de los trabajadores del servicio 
doméstico rural.
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