INCORPORACION AL ANEXO II DEL DECRETO 48/022, LAS POSICIONES ARANCELARIAS QUE SE INDICAN




Promulgación: 26/06/2026
Publicación: 17/07/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 48/022, de 31 de enero de 2022;

   RESULTANDO: que la citada norma establece los ítems arancelarios que disponen de la tasa de devolución de tributos a las exportaciones;

   CONSIDERANDO: que corresponde la incorporación de los productos con ítem arancelario: 8708.95.21.00 y 8708.95.29.00;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por el artículo 2° de la Ley N° 16.492, de 2 de junio de 1994, en la redacción dada por el artículo 362 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013, y sus Decretos Reglamentarios;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Incorpórase al Anexo II del Decreto N° 48/022, de 31 de enero de 2022, las siguientes posiciones arancelarias:

NCM
%
8708.95.21.00
6
8708.95.29.00
6

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

   YAMANDÚ ORSI - GABRIEL ODDONE - FERNANDA CARDONA - MATÍAS CARÁMBULA
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