El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 5
A los efectos de obtener la habilitación, el establecimiento será fiscalizado por la Dirección General de la Salud para constatar que la o las declaraciones juradas presentadas se ajustan a la realidad del establecimiento. En caso de obtener dictamen favorable por parte de los fiscalizadores, se otorgará la habilitación correspondiente por un plazo de hasta 5 años.