El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 3
A los efectos de obtener el permiso de funcionamiento, el establecimiento deberá presentar una solicitud en formato de declaración jurada, suscripta por el representante legal y el director técnico, en la cual se indique que la planta cumple con los requisitos establecidos por el Ministerio de Salud Pública, en lo que respecta a diseño e instalaciones, servicios de apoyo, materias primas e insumos, higiene, capacitación del personal, entre otros.
Cométase al Ministerio de Salud Pública la elaboración de una declaración jurada e instructivo para su correcto llenado, en la cual se incluirían en forma clara y detallada los requisitos técnicos que deben cumplir las plantas que presenten la solicitud de habilitación.