DECLARACION DE INTERES NACIONAL LA ACTIVIDAD DESARROLLADA POR LAS ASOCIACIONES CIVILES SIN FINES DE LUCRO DESTINADAS AL OTORGAMIENTO GRATUITO DE SOLUCIONES HABITACIONALES PARA HOGARES EN SITUACION DE PRECARIEDAD HABITACIONAL
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
Requisitos.- Para acceder a los beneficios del presente Decreto, deberán cumplirse simultáneamente las siguientes condiciones:
a) las asociaciones a que refiere el artículo 1° precedente deberán
estar acreditadas ante el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento
Territorial (MVOT), en un registro que se instrumentará a tales
efectos;
b) las soluciones habitacionales y/o modulares deberán cumplir los
criterios que, a tales efectos, defina el referido Ministerio de
Vivienda y Ordenamiento Territorial (MVOT); y
c) las soluciones habitacionales y/o modulares deberán estar destinadas
a título gratuito, a los hogares en situación de precariedad
habitacional, de acuerdo a los criterios que, a tales efectos
establezca el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial
(MVOT).