ADECUACION DE LA ESTATEGIA DEL PROGRAMA DE ERRADICACION DE LA BRUCELOSIS BOVINA EN EL TERRITORIO NACIONAL




Promulgación: 05/06/2017
Publicación: 09/06/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   La Dirección General de Servicios Ganaderos, determinará los requisitos, condiciones y procedimientos para el estricto cumplimiento de las medidas de vigilancia sanitaria dispuestas en el presente decreto. Asimismo, podrá establecer por resolución fundada, otras medidas de vigilancia epidemiológica en zonas y predios categorizados como de riesgo.
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