{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "148" 
  ,"anioNorma" : 2008 
  ,"nombreNorma" : "CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPO Nº 20 ENTIDADES GREMIALES SOCIALES Y DEPORTIVAS. SUBGRUPOS 02 ENTIDADES GREMIALES Y 03 ENTIDADES SOCIALES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2008/03/14/49" 
    ,"fechaPromulgacion" : "04/03/2008" 
  ,"fechaPublicacion" : "14/03/2008" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2008 
  ,"pagina" : 646 
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  ,"vistos" : " VISTO: El acuerdo logrado en el Grupo de los Consejos de Salarios Número\r\n20 \"Entidades Gremiales, Sociales y Deportivas\" subgrupos 02 \"Entidades\r\nGremiales\" y 03 \"Entidades Sociales\", convocados por Decreto 105/005, de 7\r\nde marzo de 2005.\r\n\r\nRESULTANDO: Que el referido Consejo de Salarios alcanzó un acuerdo\r\nsuscrito el 19 de diciembre de 2007.\r\n\r\nCONSIDERANDO: Que, a los efectos de asegurar el cumplimiento integral de\r\nlo acordado en todo el sector, corresponde utilizar los mecanismos\r\nestablecidos en el Decreto Ley 14.791, de 8 de junio de 1978.\r\n\r\nATENTO: A los fundamentos expuestos y a lo preceptuado en el art. 1º del\r\nDecreto Ley 14.791, de 8 de junio de 1978.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/148-2008/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Establécese que el acuerdo suscripto el 19 de diciembre de 2007, en el\r\nGrupo Número 20 \"Entidades Gremiales, Sociales y Deportivas\" subgrupos \r\n02 \"Entidades Gremiales\" y 03 \"Entidades Sociales\", que se publica como \r\nanexo del presente Decreto, rige con carácter nacional, a partir del 1º \r\nde enero de 2008, para todas las empresas y trabajadores comprendidos en \r\ndicho subgrupo.\r\n\r\nACTA.- En la ciudad de Montevideo, 19 de diciembre de 2007, ante esta\r\nDirección Nacional de Trabajo, en el Ambito del Grupo 20 de Consejos de\r\nSalarios \"Entidades Gremiales, Sociales y Deportivas\", subgrupos 02\r\n\"Entidades Gremiales\" y 03 \"Entidades Sociales\" en presencia de los\r\ndelegados del Poder Ejecutivo, Dra. Amalia de la Riva, Lic. Marcelo\r\nTerevinto y Dr. Héctor Zapirain, COMPARECEN: POR UNA PARTE: SECTOR\r\nEMPLEADOR: representado por José Luis González y Cr. Carlos Nalotto, POR\r\nOTRA PARTE: SECTOR TRABAJADOR: SUTIGA - FUECI representado por Gustavo\r\nAysa y Juan Carlos González, y ACUERDAN QUE:\r\nPRIMERO: El presente acuerdo, en cuanto incrementos salariales, rige en el\r\nsemestre comprendido entre el 1º de enero de 2008 y el 30 de junio de\r\n2008, y comprende el ajuste que se realizará del siguiente modo, y se\r\naplicará sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2007.\r\nSEGUNDO: De acuerdo a lo dispuesto en el Convenio suscripto el día 2 de\r\noctubre de 2006 (artículo III), recogido por decreto de 20 de noviembre de\r\n2006 corresponde un correctivo que resulta de comparar la inflación real\r\ndel período 1º de julio 2007 - 31 de diciembre de 2007, y la proyectada\r\npara dicho período.\r\nTERCERO: Se establece un incremento salarial para el primer semestre del\r\naño 2008 que consistirá en:\r\na.- Un porcentaje por concepto de inflación esperada para el semestre\r\ncomprendido entre el 1º de enero de 2008 - 30 de junio de 2008. Dicho\r\nporcentaje surgirá de prorratear el promedio simple de las expectativas de\r\ninflación encuestadas por el Banco Central del Uruguay.\r\nb.- Un porcentaje de 1,625% (uno con seiscientos veinticinco por ciento)\r\npor concepto de crecimiento del salario real, dentro de lo determinado en\r\nlas pautas del Poder Ejecutivo.\r\nCUARTO: Correctivo. Al momento de realizarse el siguiente ajuste se\r\ncomparará la inflación real del periodo 1º de enero de 2008 - 30 de junio\r\nde 2008, con la estimada, y se aplicará el correspondiente correctivo.\r\nLeída que les fue, los comparecientes otorgan y suscriben el presente en\r\nel lugar y fecha indicados, en cuatro ejemplares del mismo tenor.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/148-2008/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.-\r\n\r\n " 
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  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - EDUARDO BONOMI - DANILO ASTORI " 
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