ADECUACION DE FICHAS REGISTRALES. REGISTROS PUBLICOS




Promulgación: 14/04/1994
Publicación: 25/04/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 397
Fe de erratas publicada/s: 10/03/1995.
    Visto: Los artículos 80 y siguientes de la Ley Nº 16.462 de 11 de
enero de 1994, los cuales establecen requisitos que modifican los
elementos constitutivos de los asientos registrales.
 
    Resultando: que, según informa la Dirección General de Registros ello
hace necesario adecuar los datos exigidos por las Fichas Registrales que
deben presentar los usuarios del servicio registral, por lo que eleva la
propuesta pertinente de modificaciones al artículo 2 del Decreto 86/975 de
28 de enero de 1975.

    Considerando: que, en esa situación, corresponde disponer la
modificación de la redacción original del citado artículo 2 del Decreto
86/975, en cuanto establece los elementos que deben contener las Fichas
Registrales.

    Atento: A lo precedentemente expuesto, lo informado por la Dirección
General de Registros, lo dictaminado por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Educación y Cultura y lo dispuesto por el artículo 168
numeral 4 de la Constitución de la República.

                      El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 86/975 de 28/01/1975 
artículo 2.

LACALLE HERRERA - ANTONIO MERCADER
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