{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "147" 
  ,"anioNorma" : 1979 
  ,"nombreNorma" : "EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. ROCHA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1979/03/29/15" 
    ,"fechaPromulgacion" : "07/03/1979" 
  ,"fechaPublicacion" : "29/03/1979" 
  ,"vistos" : "    Visto: estos antecedentes referentes a la expropiación de un terreno ubicado en la Tercera Sección Judicial de Rocha para la construcción de \r\nla sede del Juzgado de Paz.\r\n\r\n   Resultando: I) Que según nota cursada por la señorita Juez de Paz de Lascano el terreno ubicado en la calle Piedras entre Larrañaga y Rocha, manzana 24, empadronado con el N.o 514. resulta adecuado para la construcción del edificio del Juzgado;\r\n\r\n   II) Que el Rotary Club y los vecinos de la ciudad de Lascano aspiran a construir en el mencionado terreno un edificio para sede del Juzgado de Paz de esa ciudad;\r\n\r\n   III) Que por el artículo 2.o de la ley 14.856, de 15 de diciembre de 1978 fueron declarados de utilidad pública la expropiación de los inmuebles que por su ubicación y características resultan adecuados para la construcción de edificios para sede de las distintas dependencias del Ministerio de Justicia.\r\n\r\n   Considerando: que el bien objeto de estos autos, ya quedó declarado de utilidad pública de acuerdo a lo dispuesto por la ley 14.856, por lo que corresponde proceder a su designación para así poder iniciar el procedimiento expropiatorio.\r\n\r\n   Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 3.o de la ley 3.958, de 28 de marzo de 1912,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                               DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/147-1979/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Desígnase a los efectos de ser expropiado para construir la sede del\r\nJuzgado de Paz de la Tercera Sección Judicial de Rocha, el inmueble sito\r\nen la calle Piedras entre Larrañaga y Rocha de la ciudad de Lascano,\r\nempadronado con el N.o 514. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/147-1979/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Encomiéndase al Ministerio de Justicia el trámite expropiatorio. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/147-1979/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.- " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ.- FERNANDO BAYARDO BENGOA. " 
 }