INSTITUTO NACIONAL DE CARNES. REGLAMENTACION. COMETIDOS




Promulgación: 21/02/1974
Publicación: 07/03/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Reglaméntase los cometidos asignados al Instituto Nacional de Carnes por el Decreto Nº 202/973. Autorízase al Instituto Nacional de Carnes a efectuar registros de exportación, del producto bruto de las exportaciones de carnes, subproductos, menudencias y derivados efectuados por los frigoríficos de exportación y realizadas con la intervención del Instituto Nacional de Carnes. Determínase que el Banco Central del Uruguay (BCU), procederá a acreditar en el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) para la cuenta de dicho Instituto, en la moneda respectiva, el importe del Registro de Exportación.

Artículo 1



		
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