AUTORIZACION CONTINUIDAD DE ENVASADO Y DISTRIBUCION DE GAS LICUADO DE PETROLEO




Promulgación: 11/04/2003
Publicación: 28/04/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 782
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 Dentro del plazo aludido la URSEA procederá a dictar la reglamentación 
previendo los requisitos necesarios para el ejercicio seguro de dichas 
actividades de envasado y distribución de GLP, y elevará al Poder 
Ejecutivo el pliego único de bases y condiciones para la celebración de 
los contratos respectivos, atendiendo a su condición de actividades de 
interés público que se desarrollan en el ámbito de la libre concurrencia, 
sujetas a autorización, previa constatación del cumplimiento de dichos 
requisitos.
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