TURISMO




Promulgación: 20/03/1990
Publicación: 23/05/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 325

Artículo 4

    El presente decreto entrará en vigor a partir de su publicación en dos
diarios de la Capital.
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