{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "141" 
  ,"anioNorma" : 2003 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL REGIMEN DE ADELANTOS A CUENTA DE ENTES AUTONOMOS Y SERVICIOS DESCENTRALIZADOS. TRIBUTACION DEL IMESI\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2003/04/21/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "11/04/2003" 
  ,"fechaPublicacion" : "21/04/2003" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2003 
  ,"pagina" : 778 
  } 
  ,"vistos" : "   VISTO: lo dispuesto por el artículo 643º de la Ley Nº 16.170, de 28 de \r\ndiciembre de 1990 y por los Decretos Nos. 161/991, de 15 de marzo de 1991 \r\ny 436/002, de 11 de noviembre de 2002.-\r\n\r\n  CONSIDERANDO: que resulta oportuno atender la solicitud de la \r\nAdministración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, dadas las \r\nrazones que se invocan y lo acordado con esa Administración.-\r\n\r\n  ATENTO: a lo expuesto.-\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/141-2003/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Redúcese en $ 148:446.533,oo (pesos uruguayos ciento cuarenta y ocho \r\nmillones cuatrocientos cuarenta y seis mil quinientos treinta y tres), la \r\nprestación a que refiere el artículo 643º de la Ley Nº 16.170, de 28 de \r\ndiciembre de 1990 efectuados en el mes de diciembre de 2002 por la \r\nAdministración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas.- (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/141-2003/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/141-2003/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Impútase como pago a cuenta del Impuesto a las Rentas de la Industria y \r\nComercio correspondiente al ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2002, \r\nel importe a que refiere el artículo 1º de este Decreto.-\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/141-2003/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.-\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - ALEJANDRO ATCHUGARRY\r\n\r\n\r\n " 
 }