REGULACION DEL MODULO DE PRESENTISMO DEL SISTEMA DE GESTION HUMANA




Promulgación: 10/01/2017
Publicación: 18/01/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la necesidad de implantar en la Administración Central instrumentos de tecnología de información y comunicación, con la finalidad de gestionar el presentismo de sus funcionarios civiles.

   RESULTANDO: I) que, en el ámbito de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional se viene ejecutando el Sistema de Gestión Humana (SGH) que consiste en un sistema de información que contiene una base de datos relativa a la gestión del personal de la Administración Central, que cuenta con los datos personales, funcionales, régimen horario y retributivo de las personas que tienen un vínculo de carácter funcional con la Administración.

   II) que dicho sistema se ha implementado gradualmente y se nutre de la información que los Incisos deben suministrar a través de la unidades de gestión humana, siendo sus jefes o encargados, los responsables de la veracidad y actualización de la información por ellos registrada.

   CONSIDERANDO: I) que le compete a la Oficina Nacional del Servicio Civil participar activamente en el fortalecimiento institucional del Estado en materia, entre otras, de gestión humana, sistemas y procedimientos, liderar y asesorar en el diseño de instrumentación de políticas que promuevan el desarrollo del funcionario público, asegurando una administración eficiente y actualizada.

   II) que es conveniente asegurar un ágil control del presentismo de los funcionarios, con un compromiso activo de los jerarcas del sistema orgánico.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 4° de la Constitución de la República, Ley N° 15.757 de 15 de julio de 1985 y modificativas, así como por el artículo 11 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     Actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

   La Oficina Nacional del Servicio Civil implantará el módulo de Presentismo del Sistema de Gestión Humana (SGH) en todos los Incisos de la Administración Central, para sus funcionarios civiles, antes del 31 de diciembre de 2017.

Artículo 2

   Los incisos de la Administración Central facilitarán apoyo interinstitucional a través de sus recursos humanos, recursos materiales y la información necesaria, a solicitud de la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC).

Artículo 3

   Todos los Incisos de la Administración Central quedan obligados a gestionar el presentismo de sus funcionarios civiles, únicamente a través de este Sistema, una vez que esté operativo y antes del 31 de diciembre de 2017.

Artículo 4

   La información procesada por el Módulo de Presentismo del Sistema de Gestión Humana de la Oficina Nacional del Servicio Civil, se remitirá a la Contaduría General de la Nación, para su utilización en el marco de sus competencias.

Artículo 5

   Comuníquese, publíquese y archívese.

   TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI - JOSÉ LUIS CANCELA - DANILO ASTORI -
JORGE MENÉNDEZ - MARÍA JULIA MUÑOZ - VÍCTOR ROSSI - GUILLERMO MONCECCHI -
ERNESTO MURRO - JORGE BASSO - TABARÉ AGUERRE - LILIAM KECHICHIAN - ENEIDA de
LEÓN - MARINA ARISMENDI
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