El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
VISTO: Que la política de Estado en materia de Innovación, Ciencia y Tecnología se encuentra distribuida en varios organismos en función de sus competencias.
CONSIDERANDO. I) Que el área de trabajo referida constituye un pilar fundamental para el desarrollo del país.
II) Que resulta necesario profundizar la articulación institucional entre los organismos directamente vinculados a la política referida.
III) Que se procedió a dialogar con la Universidad de la República, la Academia Nacional de Ciencias del Uruguay y el Consejo Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología, a los efectos de determinar los pasos necesarios para el cumplimiento de tal objetivo.
IV) Que corresponde la conformación de una Comisión Asesora integrada por representantes del Poder Ejecutivo y los organismos mencionados, con el fin de elaborar las propuestas correspondientes.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto, y lo dispuesto por el artículo 168 de la Constitución de la República,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(Creación y Objetivo). Créase una Comisión Asesora que tendrá como objetivo proponer el reordenamiento institucional y competencias de los diferentes organismos del Estado en el área de Ciencia y Tecnología.