INTERVENCION ADMINISTRATIVA. INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA




Promulgación: 27/04/2004
Publicación: 03/05/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 828
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.903 de 10/11/1987 artículo 280.
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - LIQUIDACION

Artículo 14

   La Comisión Liquidadora tendrá las atribuciones y potestades que el 
presente decreto asigna a los interventores y las que se establezcan en 
la resolución por la cual se designa. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 17.
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