PROGRAMA DE SEGURIDAD CIUDADANA




Promulgación: 01/06/1998
Publicación: 11/06/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 1028

Artículo 2

La Dirección General Impositiva controlará que los certificados de
crédito nominativo a expedirse, reintegren el Impuesto al Valor Agregado
(I.V.A.) incluido en las adquisiciones de bienes y servicios, en el mismo
porcentaje con que el Organismo Internacional participa en el
financiamiento de cada adquisición, de acuerdo a lo que estipula cada
Convenio de Préstamo.-
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