APROBACION DEL REGLAMENTO DE COMPROMISOS DE GESTION FUNCIONALES DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA




Promulgación: 09/05/2016
Publicación: 18/05/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 459.
   VISTO: lo dispuesto en el Artículo 459 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015; 

   RESULTANDO: I) que por dicha norma se autoriza al Ministerio de Salud Pública a abonar compromisos de gestión a quienes presten efectivamente funciones en el Inciso, cualquiera sea su vínculo funcional, por el cumplimiento de metas funcionales e institucionales; 

   II) que se estableció que el Poder Ejecutivo reglamentará lo dispuesto, previo informe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio de Economía y Finanzas; 

   CONSIDERANDO: I) que es necesario dictar el Reglamento respectivo a tales efectos, según establece la norma legal; 

   II) que se cuenta con informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio de Economía y Finanzas; 

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto; 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el Reglamento de Compromisos de Gestión del Ministerio de Salud Pública que obra adjunto y forma parte integrante del presente Decreto. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese.

TABARÉ VÁZQUEZ - JORGE BASSO - DANILO ASTORI
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