{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "138" 
  ,"anioNorma" : 2000 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL USO DE PLANILLAS DE NOTIFICACION OBLIGATORIA DE ENFERMEDADES.  RESOLUCION GMC 50/99" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2000/05/25/28" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/05/2000" 
  ,"fechaPublicacion" : "25/05/2000" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2000 
  ,"pagina" : 887 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: la resolución Nº 50/99 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR por la\r\nque se aprobó el uso de Planillas de Notificación Obligatoria de\r\nEnfermedades entre los Estados Partes del Mercosur;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) lo establecido en el artículo 38 del Protocolo Adicional\r\nal Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR -\r\nProtocolo de Ouro Preto - aprobado por la Ley No. 16.712 de 1º. de\r\nsetiembre de 1995, respecto de que los Estados parte se comprometen a\r\nadoptar todas las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos\r\nterritorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos\r\ncorrespondientes previstos en el artículo 2º del referido Protocolo;\r\n\r\nII) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la\r\nRepública en el Protocolo mencionado poniendo en vigencia en el derecho\r\npositivo nacional las normas emanadas del Grupo Mercado Común referidas\r\nen el VISTO;\r\n\r\nIII) lo informado por la División Jurídico-Notarial del Ministerio de\r\nSalud Pública;\r\n\r\nATENTO: a lo preceptuado por el artículo 1º y siguientes de la Ley No.\r\n9.202 de 12 de enero de 1934 y concordantes;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/138-2000/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Adóptase el uso de Planillas de Notificación Obligatoria de Enfermedades\r\nentre los Estados Partes del Mercosur, aprobado por la resolución Nº\r\n50/99 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, que se anexa al presente y\r\nforma parte integral del mismo. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-internacional/138-2000\" >Texto de la Norma Internacional</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/138-2000/2" 
 ,"textoArticulo" : "  La vigencia del presente Decreto regirá a partir de su publicación en el\r\nDiario Oficial.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/138-2000/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese a la Secretaría Administrativa del Grupo Mercado Común del\r\nMercosur, publíquese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - LUIS FRASCHINI - GUILLERMO VALLES\r\n " 
 }