FACILITACION DEL DESPACHO DE MATERIAS PRIMAS PARA LA FABRICACION DE SUEROS Y VACUNAS PARA USO HUMANO QUE IMPORTE EL INSTITUTO DE HIGIENE "PROF. DR. ARNOLDO BERTA"




Promulgación: 07/03/1979
Publicación: 27/03/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1979
  •    Página: 343
   Visto: la gestión del Instituto de Higiene "Prof. Dr. Arnoldo Berta",
en la que solicita se autorice el despacho de importación de materias
primas para la fabricación de sueros y vacunas para uso humano,
exonerándosele del requisito de análisis previo de aduanas.

   Resultando: que fundamenta el petitorio en el hecho de tratarse de
importación de productos especiales que a sus análisis requiere la
apertura de envases sellados de origen que luego quedan expuestos hasta su
despacho y en otros casos se trata de importación de cantidades ínfimas de
determinados productos, que el solo hecho de manipularlos los hace
onerosos.

   Considerando: que la finalidad de los materiales que introduce dicho
Instituto y la naturaleza de los mismos en cuanto a costos,
características perecederas de las mismas, permiten contemplar
favorablemente lo gestionado.

   Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Aduanas y las
Asesorías Económico-Financiera y Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas,

   El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Las materias primas para la fabricación de sueros y vacunas para uso
humano que importe el Instituto de Higiene "Prof.Dr. Arnoldo Berta", serán
despachadas sin el requisito de análisis de aduanas.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.

MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - DANIEL DARRACQ - ANTONIO CAÑELLAS
Ayuda