REGLAMENTACION DEL FUNCIONAMIENTO DE LAS AGENCIAS DE EMPLEO PRIVADAS Y DEROGACION DEL DECRETO 384/979




Promulgación: 09/05/2016
Publicación: 17/05/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.692 de 26/09/2003.

II. REGISTRO Y FUNCIONAMIENTO DE LAS AGENCIAS DE EMPLEO PRIVADAS

Artículo 8

   Las Agencias de Empleo Privadas que realicen las actividades definidas en los literales a) y b) del artículo 1° deberán proporcionar por el medio y la periodicidad que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a través de la Dirección Nacional de Empleo, resuelva con carácter obligatorio y confidencial, información referente a:
        a) Puestos demandados por los empleadores;
        b) Postulaciones de empleo;
        c) Colocaciones efectuadas.
   El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por intermedio de la Dirección Nacional de Empleo podrá exigir a las Agencias de Empleo Privadas, definidas en el literal c) del artículo 1°, la información que considere pertinente.
   La información proporcionada en todos los casos revestirá carácter de confidencial y su divulgación se efectuará manteniendo en reserva la individualización de cada Agencia.
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