El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: lo dispuesto por el Art. 11 de la ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013;
RESULTANDO: I) la mencionada normativa autorizó al Poder Ejecutivo, a partir de su promulgación, a transformar en cargos presupuestados de la misma serie, denominación, escalafón y grado al que se hubieran asimilado aquellas funciones creadas bajo el régimen de contrato de función pública que se encuentren vigentes, previo informe favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil, estableciendo que la Contaduría General de la Nación reasignará los créditos respectivos;
II) el 8 de octubre de 2014 la División Recursos Humanos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca impulsó la transformación de las funciones contratadas vacantes que se detallan a fs. 14, en cargos presupuestados de la misma serie, denominación, escalafón y grado;
III) se solicitó el informe preceptivo de la Oficina Nacional del Servicio Civil;
CONSIDERANDO: pertinente acceder a lo solicitado por la Secretaría de Estado, en tanto la propuesta cumple con los requisitos legales exigidos;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el Art. 11 de la ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Transfórmanse las funciones creadas bajo el régimen de contrato de función pública que se encuentran vacantes en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, en cargos presupuestados de la misma serie, denominación, escalafón y grado, de acuerdo al listado que se detalla a continuación:
La Contaduría General de la Nación reasignará los créditos presupuestarios respectivos a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto.