VISTO: el proyecto elevado por la Jefatura de Policía de Maldonado por el cual se propicia modificar los limites vigentes de las trece Seccionales Policiales del Departamento, de acuerdo a lo previsto en los Decretos Nº 112/992 y Nº 37/981 de fechas 17 de marzo de 1992 y 3 de febrero de 1981 respectivamente.
RESULTANDO: I) que el Departamento de Maldonado ha experimentado un notorio crecimiento demográfico en los últimos años con los residentes permanentes, triplicándose su población en los meses de verano.
II) que la realización de eventos nacionales e internacionales importantes para el país genera un flujo masivo de personas, especialmente a la ciudad de Punta del Este.
III) que se ha producido la creación de barrios enteros como Cerro Pelado, San Francisco, El Cortijo, Lausana, Parque Medina, La Capuera, etc. y el crecimiento de problemas sociales que emergen de las poblaciones asentadas.
CONSIDERANDO: I) que es permanente preocupación del Ministerio del Interior el adecuar la dinámica policial a los movimientos que ocurren en el seno de la sociedad donde ella se desarrolla, en la búsqueda constante de profundizar y acercar la relación de la Policía con su Comunidad.
II) que el proyecto del Visto implica el cambio de base de algunas Seccionales, trasladándolas de zonas rurales a lugares de mayor crecimiento urbano, reorganizando así las estructuras policiales, adecuándolas a la realidad y dinámica, lo que redundará en una mejora del servicio policial, al hacerse más eficientes los recursos humanos y logísticos, ajustándose a los cambios operados en esa zona del país para brindar una respuesta cada vez más cercana a la población y para el cumplimiento de los cometidos estatuidos en la Ley Orgánica Policial.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio del Interior;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Modifícanse los límites de las Seccionales Policiales 1ra., 2da., 6ta. y 12da. del Departamento de Maldonado, las que tendrán la siguiente delimitación territorial:
SECCIONAL 1ra.:
a) por el Este: Bulevar Artigas hasta la rotonda de intersección con la calle Tacuarembó, por ésta hasta su intersección con Camino Aparicio Saravia, por éste hasta la Cañada Salada;
b) por el Norte: Tacuarembó y Bulevar Artigas, Ruta 39, Chiringuito, Avenida Wilson Ferreira, Ruta 12 Km.10, Arroyo El Potrero, Avenida Lavalleja en toda su extensión, Avenida José Batlle y Ordóñez por ésta hasta su intersección con Bulevar Artigas y Ruta 39;
c) por el Sur: Avenida Paso de la Cadena hasta la Avenida del Mar, Avenida Córdoba continuando la calle que comienza dividiendo las manzanas 426 y 427; 439 y 440; 436 y 442 y 442 y 435 y 443, desde este punto hasta la Avenida República Argentina en toda su extensión hasta Avenida Claudio Williman, por ésta hasta Arroyo El Potrero.- hasta 10 Km. de Ruta 12, Cno. Vecinal, hasta Cont. Wilson Ferreira, Chiringuito, Ruta 39, Bulevar Artigas hasta Tacuarembó;
d) por el Oeste: Laguna del Diario hasta Cañada Curbelo, calle Wilson Amaral, calle Acuario, Camino Lussich hasta Avenida Lavalleja.
SECCIONAL 2da.:
Comprenderá toda la extensión de la actual Seccional 6ta.
a) por el Sur: comprenderá además: la Ruta 9 en el Km. 143.500; cruce con Ruta 104 hasta el Camino "Paso del Guerrero" (Escuela Nº 24 de Pago de la Paja), por éste hasta el Arroyo San Carlos.
b) Quedarán dentro de estos límites: Parque Medina, Quinta Medina, Cancha de Atenas y las costas del Arroyo San Carlos. El límite seguirá por Arroyo San Carlos hasta su desembocadura con el Arroyo Maldonado, por éste hasta el Puente sobre Ruta 39, de ahí, hacia el Sur hasta Ruta 29 (Camino a los Ceibos) incluido, por Ruta 29 hasta el cruce con Ruta 9 km. 126, por esta Ruta hacia el Oeste hasta el Arroyo Sauce y de ahí continúan los límites establecidos.
c) por el Norte: los límites de la Seccional 4ta. en toda su extensión. SECCIONAL 6ta.:
a) por el Norte: Ruta 12 Km. 10, Camino Vecinal, desemboca Ruta 9 Km. 129.500 (Abra de Perdomo), hasta Km. 134, hasta Arroyo San Carlos, con desembocadura en Arroyo Maldonado;
b) por el Este: Arroyo Maldonado, Camino a la Perrera;
c) por el Sur: Aparicio Saravia, Tacuarembó, Bulevar Artigas, Ruta 39 (Cylsa), Chiringuito, por ésta hasta su entronque con Avenida Wilson Ferreira;
d) por el Oeste: Avenida Wilson Ferreira, Camino Vecinal, hasta Ruta 12 Km. 10.
SECCIONAL 12da.:
a) por el Norte: la Ruta 9 Km. 143.500 en el cruce con Ruta 104 hasta el Camino "Paso del Guerrero", por éste hasta el Arroyo San Carlos, quedando fuera de los límites de esta Seccional: Parque Medina, Quinta Medina, Cancha de Atenas y las costas del Arroyo San Carlos;
b) por el Este: el Arroyo José Ignacio (el cual queda incluido en la Sección) y la Laguna del mismo nombre;
c) por el Sur: el Océano Atlántico;
d) por el Oeste: los Arroyos San Carlos y Maldonado; de éstos sólo el último queda incluido en la Sección.