Encomiéndase a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) el monitoreo, evaluación de avances y resultados, así como la revisión de medio término de la referida Agenda. En ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 76 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008, el Consejo Directivo Honorario de AGESIC modificará la integración del Consejo para la Sociedad de la Información para el período al 2025, en concordancia con los nuevos compromisos asumidos.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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