Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la gestión de la Dirección Nacional de Aduanas solicitando
actualización del valor de expedición de las Guías de Tránsito Terrestre.
Resultando: I) que el referido valor de expedición fue establecido en N$
6.000,00 (nuevos pesos seis mil) por Decreto de fecha 22 de julio de 1991.
II) que el artículo 242 de la Ley Nº 15.809 de 8 de abril de 1986 autoriza
al Poder Ejecutivo a actualizar el referido monto por el Indice de los
Precios del Consumo elaborado por el Instituto Nacional de Estadística.
Considerando: que el Indice de los Precios del Consumo de abril de 1991,
asciende a 2.377,64 (dos mil trescientos setenta y siete con sesenta y
cuatro centésimos) y el de mayo de 1992 asciende a 4.459,74 (cuatro mil
cuatrocientos cincuenta y nueve con setenta y cuatro centésimos)ambos
sobre base 1985=100.
Atento: a lo informado por la Contaduría General de la Nación y por la
División Contaduría Central del Ministerio de Economía y Finanzas.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Fíjase el valor de expedición de las Guías de Tránsito Terrestre que
expide la Dirección Nacional de Aduanas, Programa 007 del Inciso 05
"Ministerio de Economía y Finanzas", en $ 11,00 (pesos uruguayos once).