{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "134" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "INCORPORACION DE FUNCIONARIO DEL PODER LEGISLATIVO AL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/02/28/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "19/01/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/02/1975" 
  ,"vistos" : "    Visto: el decreto 1.055/973 de 13 de diciembre de 1973, por el que se dictan normas referentes a la redistribución del personal excedente del Poder Legislativo a distintos Organismos del Sector Público.\r\n\r\n   Considerando: I) Que el artículo 1.o del decreto mencionado, dispuso que la Oficina Nacional del Servicio Civil instrumentará la redistribución \"en comisión\" de este personal excedente en dependencias de la Administración Central, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados;\r\n\r\n   II) Que la Oficina Nacional del Servicio Civil ha asesorado respecto a la redistribución que se propone.\r\n\r\n    Atento: a lo dispuesto por el decreto 1.055/973 de 13 de diciembre de 1973 y a lo informado por la Oficina Nacional del Servicio Civil\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                                  DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/134-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Destínase al siguiente funcionario proveniente del Poder Legislativo, para desempeñar las tareas que se detallan, en la repartición que seguidamente se establece:\r\n\r\n   Ministerio de Economía y Finanzas, Dirección General del Catastro Nacional\r\n\r\n   Guarch, Mario. Tareas a desemepeñar: Administrativas (Auxiliar Dactilógrafo). " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/134-1975/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/134-1975/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Declárase que el funcionario cuyo destino se fija por el artículo anterior, conservará los derechos correspondientes a su situación presupuestaria y se regirá por todas las disposiciones estatutarias y reglamentarias vigentes en la repartición donde fue designado. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/134-1975/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Encomiéndase a la Dirección Servicios Administrativos del Palacio Legislativo la notificación personal del funcionario que se incluye en el presente decreto, con la manifestación de que deberá presentarse en el lugar de destino, al día siguiente de efectuda dicha notificación. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/134-1975/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    BORDABERRY - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS " 
 }