APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 2012




Promulgación: 24/04/2012
Publicación: 08/05/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 844
Referencias a toda la norma

Artículo 44

 En lo referente al régimen de escalas de corrimiento automático, se
procederá de acuerdo con lo que disponga el Poder Ejecutivo en la materia
y a lo resultante de la negociación del Convenio Salarial entre el Poder
Ejecutivo, los Directorios de los Bancos Públicos y la Asociación de
Empleados Bancarios (Sector Banca Oficial). Los ajustes correspondientes
deberán ser comunicados en un plazo no mayor de 30 días a partir de la
oficialización de la resolución pertinente.
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