ACTUALIZACION DE ARANCEL EXTERNO COMUN DEL MERCOSUR. DECISION CMC 15/97. DECISION CMC 67/00. SUSTITUCION DE LISTAS DE EXCEPCIONES




Promulgación: 17/04/2002
Publicación: 24/04/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 551
Referencias a toda la norma
VISTO: el artículo 4º de la Decisión Nº 68/00 del Consejo Mercado Común, 
que establece que los Estados Partes podrán establecer y mantener hasta 
el 31 de diciembre de 2002, una lista de cien ítem de la NCM como 
excepciones al Arancel Externo Común, y el artículo 8º de la misma 
Decisión, que faculta a dichos Estados a efectuar modificaciones 
semestrales a la referida lista.-

RESULTANDO: que al amparo de lo dispuesto en la primera de las normas 
citadas en el Visto, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto Nº 194/001, de 
30 de mayo de 2001, por el que se estableció la lista de excepciones al 
Arancel Externo Común que rige actualmente.-

CONSIDERANDO: conveniente introducir modificaciones en la citada lista.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº 
12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4º del Decreto-Ley Nº 14.629, de 5 
de enero de 1977.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Sustitúyese la lista de excepciones al Arancel Externo Común establecida 
por el Decreto Nº 194/001, de 30 de mayo de 2001, por la que se detalla 
en el Anexo que forma parte de este Decreto.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (Anexo).
Referencias al artículo

Artículo 2

 El presente Decreto regirá las operaciones de comercio exterior 
registradas a partir de la fecha de su publicación.-
Referencias al artículo

Artículo 3

 Dese cuenta a la Asamblea General.
Referencias al artículo

Artículo 4

 Comuníquese, publíquese, etc.
                                

BATLLE - ALBERTO BENSION - DIDIER OPERTTI - MARIO CURBELO - GONZALO 
GONZALEZ



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