{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "133" 
  ,"anioNorma" : 1978 
  ,"nombreNorma" : "DEROGACION DEL DECRETO 771/971, POR EL CUAL SE CREO UN FONDO ESPECIAL PARA ATENDER DETERMINADAS INDEMNIZACIONES POR PARTE DEL BSE" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1978/03/15/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "08/03/1978" 
  ,"fechaPublicacion" : "15/03/1978" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1978 
  ,"pagina" : 392 
  } 
  ,"vistos" : "    Visto: la gestión del Banco de Seguros del Estado solicitando la\r\nderogación del decreto 771/971, de 25 de noviembre de 1971.\r\n\r\n   Resultando: I) Que por la citada disposición, se creó un Fondo Especial\r\npara atender el pago de indemnizaciones por concepto de riesgos políticos\r\ny extraordinarios, derivados de las pólizas de seguro de crédito a las\r\nexportaciones a emitirse por el Banco de Seguros del Estado;\r\n\r\n   II) Que dicho Fondo se integraría con las primas de las pólizas de los\r\nmencionados riesgos que perciba el Instituto actuante y además con un\r\naporte por la cantidad de N$ 50.000.00 que efectuaría el Poder Ejecutivo\r\npor el primer año con cargo a lo establecido en el inciso 2.o del artículo\r\n482 de la ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967.\r\n\r\n   Considerando: I) Que en razón de lo notoriamente insuficiente de los\r\nrecursos previstos para su funcionamiento, la referida norma no ha tenido\r\nhasta ahora, aplicación práctica;\r\n\r\n   II) Que el Banco de Seguros del Estado, al promover que se deje sin\r\nefecto el mencionado decreto, propone la creación de un Fondo de Garantía\r\na su exclusivo cargo, como contribución efectiva a la concreción inmediata\r\ndel establecimiento de dicho seguro.\r\n\r\n   Atento: a lo informado por la Contaduría General de la Nación y el\r\nBanco Central del Uruguay,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
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 ,"textoArticulo" : "    Derógase el decreto 771/971, de 25 de noviembre de 1971.\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/133-1978/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
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  ,"firmantes" : "   MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI " 
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