DEROGACION DEL DECRETO 771/971, POR EL CUAL SE CREO UN FONDO ESPECIAL PARA ATENDER DETERMINADAS INDEMNIZACIONES POR PARTE DEL BSE




Promulgación: 08/03/1978
Publicación: 15/03/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 392
   Visto: la gestión del Banco de Seguros del Estado solicitando la
derogación del decreto 771/971, de 25 de noviembre de 1971.

   Resultando: I) Que por la citada disposición, se creó un Fondo Especial
para atender el pago de indemnizaciones por concepto de riesgos políticos
y extraordinarios, derivados de las pólizas de seguro de crédito a las
exportaciones a emitirse por el Banco de Seguros del Estado;

   II) Que dicho Fondo se integraría con las primas de las pólizas de los
mencionados riesgos que perciba el Instituto actuante y además con un
aporte por la cantidad de N$ 50.000.00 que efectuaría el Poder Ejecutivo
por el primer año con cargo a lo establecido en el inciso 2.o del artículo
482 de la ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967.

   Considerando: I) Que en razón de lo notoriamente insuficiente de los
recursos previstos para su funcionamiento, la referida norma no ha tenido
hasta ahora, aplicación práctica;

   II) Que el Banco de Seguros del Estado, al promover que se deje sin
efecto el mencionado decreto, propone la creación de un Fondo de Garantía
a su exclusivo cargo, como contribución efectiva a la concreción inmediata
del establecimiento de dicho seguro.

   Atento: a lo informado por la Contaduría General de la Nación y el
Banco Central del Uruguay,

   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Derógase el decreto 771/971, de 25 de noviembre de 1971.

  MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI
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