Decreto N° 132/975
FIJACION DE TOLERANCIAS PARA LOS SURTIDORES DE COMBUSTIBLES
Promulgación: 19/02/1975
Publicación: 28/02/1975
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 1
- Año: 1975
- Página: 304
Artículo 3
Las violaciones al presente decreto serán sancionadas de acuerdo a las
disposiciones de la ley 10.940 de fecha 19 de setiembre de 1947.
Ayuda