INCORPORACION AL ANEXO I DEL DECRETO 19/017 DE LA POSICION ARANCELARIA QUE SE DETERMINA




Promulgación: 04/05/2021
Publicación: 12/05/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: los Decretos N° 19/017, de 24 de enero de 2017 y N° 43/021, de 26 de enero de 2021, y la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas N° 1940, de 23 de febrero de 2021;

   RESULTANDO: I) que el Decreto N° 19/017, de 24 de enero de 2017, dispuso los ítems arancelarios que establecen las tasas de devolución de tributos a las exportaciones;

   II) que el Decreto N° 43/021, de 26 de enero de 2021, incorporó al ordenamiento jurídico nacional la Resolución del Grupo Mercado Común N° 04/20;

   III) que, por Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas N° 1940, de 23 de febrero de 2021, se modifica la nomenclatura nacional estructurada a diez dígitos;

   CONSIDERANDO: que corresponde acceder a la solicitud de incorporación de las "Preformas" para soplado de botellas con ítem arancelario: 3923.30.90.10 ""Preformas" para soplado de botellas";

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo establecido por el artículo 2° de la Ley N° 16.492, de 2 de junio de 1994, en la redacción dada por el artículo 362 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013, y sus Decretos Reglamentarios;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Incorpórase al Anexo I del Decreto N° 19/017, de 24 de enero de 2017, la siguiente posición arancelaria:

NCM
%
3923.30.90.10
3

Artículo 2

   Lo dispuesto en el artículo anterior regirá para las operaciones de exportación embarcadas desde el 26 de febrero de 2021.

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese y archívese.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - OMAR PAGANINI -CARLOS MARÍA URIARTE
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